Picsi y Pomalca sellan acuerdo histórico de límites y ponen fin a años de indefinición territorial
Un paso decisivo para el ordenamiento territorial de la provincia de Chiclayo. Las municipalidades distritales de Picsi y Pomalca suscribieron el Acta de Acuerdo de Límites de un (01) tramo interdistrital, documento que pone fin a la indefinición en un sector estratégico de ambas jurisdicciones.
La reunión se llevó a cabo el 01 de octubre del 2026 a las 15:00 horas en la sede del Gobierno Regional de Lambayeque y fue fedateada el 22 de octubre. El acta fue firmada por el alcalde de Picsi, Juan Coronado Sánchez, el alcalde de Pomalca, Manfri Carlos Bernal Yovera y el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, José Roberto Sialer Santisteban.
El acuerdo se ampara en la Ley N° 31463 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 127-2022-PCM, que establece un proceso excepcional para el saneamiento de límites a nivel nacional. Según los antecedentes, el proceso fue priorizado desde diciembre de 2024 por la Unidad Técnica de Demarcación Territorial (UTDT) del GORE y la Secretaría de Demarcación y Organización Territorial (SDOT) de la PCM.
EL TRAZO ACORDADO
Según el numeral 7 del acta, el tramo acordado es el siguiente:
Inicia en el río Lambayeque (sector Las Merceditas), en la coordenada UTM 639 027 m E y 9 254 471 m N, y continúa aguas arriba hasta intersecar una vía sin nombre (código 06A en la carta nacional), en la coordenada UTM 640 889 m E y 9 253 457 m N (Sistema UTM Zona 17 Sur, Datum WGS84).
En la representación cartográfica adjunta, elaborada con cartas oficiales del Instituto Geográfico Nacional (IGN) a escala 1:25 000 – hojas Tumán y Saltur, se aprecia el trazo que bordea los sectores de Cerro San José, Las Merceditas, Tutumo y Cerro Combo.
DOCUMENTO IRRETRACTABLE
La Subgerencia de Planeamiento y Gestión Territorial del GORE Lambayeque informó que el acta constituye un documento irretractable e inimpugnable, conforme al artículo III del reglamento de la Ley N° 31463. Esto significa que, una vez firmado, no puede ser anulado por ninguna de las partes.

